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miércoles, 22 de enero de 2014

Extras se desarrollan en Concejo de Girardot

Dos son los proyectos de acuerdo presentados a estudio y aprobación del Honorable Concejo Municipal de Girardot Cundinamarca, el Proyecto de Acuerdo No 01 “Por el cual se modifica el Acuerdo No 021 de 2013”, que estableció el calendario tributario para la vigencia 2014 y dictó otras disposiciones.
  
Fuente: Googlemaps (en verde el área de influencia del BIC Plaza de Mercado de Girardot)

El que interesa a esta redacción es el Proyecto de Acuerdo No 02 “Por el cual se autoriza al Alcalde Municipal de Girardot Cundinamarca, para la asunción de compromisos que afectan el Presupuesto de vigencias futuras”, con el objeto de mejoramientos de vivienda  tanto urbana como rural, el apoyo al fortalecimiento de la seguridad alimentaria de la población girardoteña y el punto tal vez más controversial el de desarrollar la planeación y ejecución de las obras en el mejoramiento del Parque de la Constitución, sobre este particular se ha advertido en diferentes ocasiones e incluso a través de las sesiones del Consejo Municipal de Cultura de Girardot, que el Parque Santander, Parque de la Constitución o Parque de San Miguel como es conocido hace parte integral del área de influencia del Bien de Interés Cultural del orden Nacional (Monumento Nacional) Plaza de Mercado de Girardot (o Plaza de Rother) como fuere declarado en los términos del Decreto 1932 de 24 de Septiembre de 1993 del Ministerio de Educación Nacional y que para efectos de adelantar trabajos de construcción o de intervención en las áreas contempladas en dicho bien o sus áreas de influencia se debe atender a lo estipulado en el Artículo 3º. del mencionado decreto "En aplicación a lo dispuesto por la ley 163 de 1959, todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones, obras de protección, defensa y conservación que deban efectuarse en los inmuebles "Edificio Nacional de Barranquilla" y "Plaza de Mercado de Girardot", o en las áreas de influencia correspondientes, deberán constar previamente con la aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales", lo que fuere adoptado por el Plan de Ordenamiento Territorial Acuerdo No. 029 de 2000, al incorporar dicho bien como parte integral de los Bienes de Interés Cultural reconocidos por el Municipio de Girardot, que en su Artículo 43. Dentro del Cuadro No. 8 INVENTARIO DE ELEMENTOS DE VALOR PATRIMONIAL. incluye En la zona de influencia No. 2 LA PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN 4. Plaza de Mercado ubicado en la Calle 9,10 Carrera 11,10 en la Categoría de Patrimonio Arquitectónico.
Parágrafo 3 Los siguientes predios corresponden a los que no podrán sufrir modificación alguna en sus elementos estructurales, morfológicos, de diseño, estilo y en general todas las características que determinan su declaratoria como inmueble de conservación, ya que son testimonio fiel de un momento histórico en el desarrollo de la ciudad, en lo económico, social y cultural, por lo que se toman invaluables que por tal motivo se deben acometer acciones prioritarias a corto plazo para restaurarlas y recuperar su estado original.







  • Iglesia y Casa cural de San Miguel
  • Casona de Santa Elena
  • Plaza de Mercado
  • Hotel San Germán
  • Puente Férreo
  • Estación y Plaza de Ferrocarril, desde la calle 19 hasta el puente férreo, para lo cual deberá elaborarse una reglamentación específica para su entorno.
  • Igualmente los Hangares de SCADTA, en coordinación con el municipio de Flandes.


  • Que para emprender estas acciones el municipio de Girardot debe adelantar los estudios para implementar el PLAN ESPECIAL DE MANEJO Y PROTECCIÓN -PEMP- PLAZA DE MERCADO DE  GIRARDOT, EN EL DEPARTAMENTO CUNDINAMARCA, proyecto de pliego de condiciones expedido para licitación por parte del Ministerio de Cultura, en donde define 

    TÉRMINOS DE REFERENCIA (ASPECTOS TÉCNICOS – METODOLOGÍA, CONSULTOR, EQUIPO DE TRABAJO, CRONOGRAMA Y COTIZACIÓN) PARA ELABORAR EL PLAN ESPECIAL DE MANEJO Y PROTECCIÓN -PEMP- DE LA PLAZA DE MERCADO DE GIRARDOT, EN EL DEPARTAMENTO CUNDINAMARCA


    Que con tal fin el Municipio de Girardot ha adelantado licitaciones para escoger el equipo interdisciplinario que debe adelantar estos estudios, pero que a la fecha no ha sido posible seleccionar el oferente en los términos definidos en dicha licitación y que fueren los definidos por el Ministerio de Cultura en el proyecto de pliego.

    Que en virtud de estas falencias en la documentación requerida como necesaria para adelantar estos trabajos y con el fin de que la Administración Municipal no sea objeto de investigaciones posteriores por el incumplimiento de las normas concordantes, se han hecho avisos repetidos a este particular a la Secretaría de Cultura, Consejo de Cultura del Municipio de Girardot, como debe constar en sus actas de sesiones y ahora al Concejo Municipal de Girardot, a fin de que se suspenda el estudio de este Proyecto de Acuerdo Nº 02 ya que es el propio alcalde Municipal quien puede derogar el acto administrativo expedido, mientras se adelanten los estudios necesarios para determinar las mejoras que el Bien de interés cultural Plaza de Mercado de Girardot y su área de influencia necesiten y que sea el personal idóneo quien determine las acciones necesarias a fin de restablecer este bien de interés cultural a su estado ORIGINAL.

    En el Decreto 1932 su Artículo 2 Delimitar... como área de incluencia de la plaza de mercado de Girardot, las calles 10 y 12 y las carreras 9ª. y 10 que comprenden las manzana donde se encuentran ubicados el Edificio de la Plaza de Mercado y el Parque Santander en el costado norte del inmueble.

    Para este efecto se debe hacer una nueva licitación que permita subsanar los inconvenientes presentados en las anteriores y darle amplia difusión por los medios de comunicación habilitados por la alcaldía municipal y de ser necesario por medios nacionales, a fin de encontrar el equipo interdisciplinario que CUMPLA las calidades establecidas para este tipo de estudios PEMP plaza de Mercado de Girardot.

    Para esta redacción es prioritario emprender las acciones necesarias para recuperar el bien de interés cultural del orden nacional declarado Plaza de Mercado de Girardot, antes de emprender megaobras en su área de influencia, con lo que se estaría afectando las condiciones originales de su declaratoria como tal.

    Es importante que la ciudadanía en general entienda la importancia que para muchos girardoteños tiene este bien, ya que fué allí donde inició la fundación de lo que se conoce como la ciudad de Girardot, la Chivatera, el puerto sobre el Magdalena, ciudad de las acacias, que ha sido paso obligado para todo aquel que se transporte en la zona urbana o recorra sus calles céntricas, en las que aún se evocan aquellos inicios de ciudad con las fachadas de sus construcciones y el espacio abierto al interior de ella.

    Fuente: Mincultura

    TRANSMISIÓN DE SESION PLENARIA (DOMINGO 26 DE ENERO 2014)
    declarada informal en el recinto del Honorable Concejo de Girardot para escuchar y debatir las objeciones presentadas a este proyecto de acuerdo 02 de vigencias futuras.

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